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Artículo 88 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Por cada 5 días que trabajes, tienes derecho a 2 días de descanso, que preferentemente deben ser sábado y domingo, y te pagan completos esos días. Si por las necesidades del trabajo no puedes descansar esos días, los tomarás en otras fechas que marque la CAPTRALIR, tratando de que sean seguidos. Si trabajas el domingo, te deben pagar un 25% extra de tu salario normal por ese día, llamado prima dominical.

Texto oficial

ARTÍCULO 88.- Por cada cinco días de labores el trabajador disfrutará de dos días de descanso, de preferencia sábado y domingo con goce íntegro de su salario. Cuando las necesidades del servicio impidan al trabajador tomar sus descansos en esos días, lo hará en los que señale la CAPTRALIR, procurando que sean continuos, pero el domingo laborado de la derecho al 25% por prima dominical.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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