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Ley
LEY DE FOMENTO COOPERATIVO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
1

Artículo 1 de la LEY DE FOMENTO COOPERATIVO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para todas las personas en la Ciudad de México y es obligatoria para todos, sin excepción. Su propósito principal es crear y organizar programas y acciones que ayuden a que las cooperativas crezcan y mejoren la economía local. Esto no reemplaza ni afecta los beneficios o apoyos que el gobierno federal ya tenga para lo mismo. En pocas palabras, busca apoyar el trabajo en equipo para que la economía de la ciudad mejore.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en la Ciudad de México. Tiene por objeto el establecimiento, la regulación y la coordinación de políticas, programas y acciones de fomento cooperativo para el desarrollo económico, sin perjuicio de los programas, estímulos y acciones que a nivel federal se establezcan para el mismo fin

Ver texto oficial de la LEY DE FOMENTO COOPERATIVO PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 1) ↗

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