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Artículo 20 de la LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de las oficinas de gobierno que están en la Comisión Interinstitucional pueden nombrar a alguien para que los reemplace en las juntas. Ese reemplazo tiene que tener un puesto de Director General o uno más alto, y además debe saber y tener experiencia en el tema que se va a tratar. Es como si el jefe manda a su mano derecha, pero con suficiente nivel y conocimiento.

Texto oficial

Artículo 20. Las personas titulares de las Dependencias representadas en la Comisión Interinstitucional podrán designar un suplente con un rango no menor a una Dirección General quien deberá contar con los conocimientos y experiencia en la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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