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Artículo 39 de la LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 39 dice que el Programa funciona como un plan maestro para cuidar el patrimonio cultural, natural y biocultural de la Ciudad de México. Sus metas son: hacer un diagnóstico general del patrimonio que se actualice cada año; definir una visión y objetivos claros para protegerlo; establecer cómo puedes participar tú o la comunidad; promover la colaboración entre el gobierno federal, organismos internacionales, el gobierno de la ciudad, las alcaldías y las escuelas; y fomentar que en el sistema educativo de la ciudad se enseñe y sensibilice sobre la importancia de este patrimonio.

Texto oficial

Artículo 39. El Programa será el instrumento de planeación, para la definición de políticas, estrategias y acciones para la salvaguardia del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad, el cual tendrá los siguientes objetivos: I. Elaborar un diagnóstico general del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad, mismo que deberá ser actualizado de manera anual; II. Proyectar una visión y objetivos generales para la salvaguardia del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad; III. Establecer los mecanismos de participación; IV. Promover la coordinación entre el Gobierno Federal, Organismos Internacionales, Gobierno de la Ciudad, Alcaldías e Instituciones Académicas, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad; y V. Fomentar la inclusión en el sistema educativo de la Ciudad, la sensibilización y formación, respecto del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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