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Artículo 75 de la LEY DE PATRIMONIO CULTURAL, NATURAL Y BIOCULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades de la Ciudad de México, junto con las del gobierno federal, deben cuidar los lugares que ya están en la lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO, como el Centro Histórico o Xochimilco. También tienen que proteger aquellos sitios que podrían ser considerados para entrar a esa lista en el futuro. Esto significa que deben tomar acciones para evitar que se dañen o pierdan, y para mantenerlos en buen estado.

Texto oficial

Artículo 75. Las autoridades competentes de la Ciudad, en coordinación con las autoridades federales, adoptarán medidas para la conservación y gestión de los sitios inscritos en la lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO en la Ciudad y de los susceptibles de serlo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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