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Artículo 11 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto de Verificación Administrativa tiene varias tareas importantes. Puede ir a hacer revisiones sorpresa a los Centros de Atención y Cuidado Infantil (CACI), que son las guarderías. Tiene que publicar en su página de internet los resultados de esas revisiones, siguiendo las reglas de transparencia. También puede ordenar medidas para cuidar la seguridad de los niños en esos lugares, y resolver quejas o recursos que presenten. Además, puede aplicar multas o castigos si las guarderías no cumplen con la ley.

Texto oficial

ARTÍCULO 11.- Corresponde al Instituto de Verificación Administrativa: I. Practicar visitas de verificación administrativa en los CACI; II. Hacer públicas en su página de Internet las verificaciones y los resultados de estas, de conformidad con la normatividad que en materia de transparencia se establezca; III. Ordenar y ejecutar las medidas de seguridad que estime necesarias en los CACI, así como resolver los recursos administrativos que se promuevan; IV. Imponer, cuando sea procedente, en los CACI las sanciones previstas en las leyes, y V. Las demás que le otorguen las leyes aplicables y el Reglamento de los CACI.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.