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Ley
Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México.
Artículo
52

Artículo 52 de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a hacer inspecciones y visitas sorpresa a los Centros de Atención y Cuidado Infantil (CACI, que son las guarderías o estancias infantiles) para asegurarse de que funcionen bien. Van a revisar que cuiden bien a los niños, que el lugar sea seguro, que la comida sea nutritiva, y que todo esté limpio y sin riesgos de enfermedades. Todo esto lo harán siguiendo las reglas de esta ley, su reglamento y otras normas que apliquen. Si encuentran algo mal, pueden aplicar lo que viene en el capítulo sobre suspensiones.

Texto oficial

ARTÍCULO 52.- En los CACI se practicarán las inspecciones, visitas y verificaciones que resulten pertinentes, con la finalidad de garantizar su buen funcionamiento en los rubros de cuidado y atención infantil, seguridad, nutrición, salubridad e higiene, los procedimientos se realizarán de conformidad con lo previsto en esta Ley, el Reglamento y demás normatividad aplicable. CAPITULO XII DE LA SUSPENSIÓN

Ver texto oficial de la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México. (pág. 9) ↗

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