Artículo 27 de la LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Programa de Economía Circular de la Ciudad de México lo van a hacer varias secretarías juntas: la de Medio Ambiente, la de Desarrollo Económico, la del Trabajo y la de Educación, Ciencia y Tecnología. También van a tomar en cuenta lo que digan otras áreas del gobierno según lo que les toque. Este programa se revisa y se aprueba cada seis años por el o la Jefa de Gobierno, y todo el tiempo lo van a estar vigilando y evaluando. Si en algún momento hace falta cambiarlo o agregarle algo, las mismas secretarías que lo hicieron pueden proponerlo. En pocas palabras, es un plan que se actualiza cada sexenio y puede ajustarse cuando se necesite.
Texto oficial
Artículo 27.- El Programa de Economía Circular de la Ciudad de México será elaborado de manera conjunta por la Secretaría del Medio Ambiente, la Secretaría de Desarrollo Económico, la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo y la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, incorporando las opiniones de otras dependencias en función de sus competencias. El Programa de Economía Circular de la Ciudad de México será actualizado y aprobado cada seis años por la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y estará sometido a un proceso continuo de control y evaluación. Podrá ser modificado o adicionado cuando se considere conveniente, a propuesta de las dependencias involucradas en su elaboración.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.