Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5508/31
Ley
LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
31

Artículo 31 de la LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría del Medio Ambiente y la Secretaría de Desarrollo Económico son las que se encargan de manejar y mantener al día el Sistema de Información Pública de Economía Circular. Este sistema sirve para dos cosas principales: primero, juntar, organizar y actualizar toda la información importante sobre economía circular que generan los diferentes sectores. Y segundo, dar a conocer datos económicos, ambientales, de estadísticas y mapas, siempre con el objetivo de que cualquier persona pueda acceder a esa información, haya transparencia y se pueda exigir cuentas claras.

Texto oficial

Artículo 31.- La administración y operación, así como la integración y actualización de la información contenida en el Sistema de Información Pública de Economía Circular, estará a cargo de la Secretaría del Medio Ambiente y la Secretaría de Desarrollo Económico; y éste contará, al menos, con las siguientes funcionalidades: I. Recopilar, generar, organizar, integrar, analizar y actualizar la información relevante en materia de economía circular que generan los sectores involucrados, y II. Divulgar la información económica, ambiental, estadística y geográfica disponible, privilegiando siempre el acceso a la información pública, la transparencia y la rendición de cuentas.

Ver texto oficial de la LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 31 de la LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, explicado | Precedente Legal