Artículo 32 de la LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 32 explica que el Sistema de Información Pública de Economía Circular es como un sitio web o base de datos que juntará varios datos útiles. Este sistema debe incluir info básica sobre qué es la economía circular, sus principios y modelos de negocio, además de guías para aplicar proyectos. También va a tener un directorio de dónde reparar o reciclar cosas, una lista de empresas que ya se evaluaron en circularidad y sus resultados. Incluirá los programas oficiales del gobierno de la Ciudad de México y proyectos científicos o académicos relacionados. Por último, ayudará a que diferentes negocios se conecten para intercambiar materiales o servicios.
Texto oficial
Artículo 32.- El Sistema de Información Pública de Economía Circular deberá contener lo siguiente: I. Información básica sobre definición, principios, enfoques de diseño, estrategias y los modelos de negocio de Economía Circular; II. Guías y manuales para aplicar y replicar proyectos de economía circular; III. Los datos sobre modelos de negocio circulares más representativos; IV. Acceso a información y ubicación sobre centros de reparación, restauración y remanufactura de bienes; así como de acopio y reciclaje de residuos, entre otros; V. Listado de emprendimientos, micro, pequeñas y medianas empresas, así como grandes empresas, que se han sometido a la Evaluación de Circularidad y sus resultados; VI. Listado de proyectos y actividades científicas, técnicas, académicas y de difusión, basadas en la economía circular; VII. El Programa de Economía Circular de la Ciudad de México; VIII. Los planes, programas, proyectos y acciones relacionadas con las políticas públicas de la Administración Pública de la Ciudad que tengan como finalidad fomentar y promover la economía circular, y IX. Información que posibilite alianzas entre distintas unidades económicas para el intercambio de materiales, la prestación de servicios y el encadenamiento productivo en la Ciudad. CAPÍTULO SEGUNDO De la Educación y Cultura
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.