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Artículo 6 de la LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada oficina y autoridad del Gobierno de la Ciudad de México tiene que hacer cumplir esta ley en los temas que le tocan. Por ejemplo, la Jefatura de Gobierno, las Secretarías (como la del Medio Ambiente) y las Alcaldías son las responsables de aplicarla. En pocas palabras, estas dependencias son las encargadas de que lo que dice la ley se lleve a cabo en la práctica.

Texto oficial

Artículo 6.- La aplicación de la presente Ley, estará a cargo de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades del Gobierno de la Ciudad de México, así como de las Alcaldías, en el ámbito de sus respectivas competencias, y en específico de las siguientes: I. La Jefatura de Gobierno; II. La Secretaría del Medio Ambiente; III. La Secretaría de Desarrollo Económico; IV. La Secretaría de Administración y Finanzas; V. La Secretaría de Obras y Servicios; VI. La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo; VII. La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; VIII. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, y IX. Las Alcaldías. CAPÍTULO SEGUNDO De las Atribuciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.