Artículo 136 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada cárcel de la Ciudad de México debe tener un equipo especial que se encargue de prevenir y atender emergencias como incendios, sismos o inundaciones. Este equipo debe ser aprobado y supervisado por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México. Para que funcione bien, el gobierno debe incluir en su presupuesto anual el dinero necesario para comprar materiales, dar capacitación y conseguir equipos. Eso significa que cada año deben apartar los recursos para que este equipo esté listo. Así, se asegura que los centros penitenciarios tengan lo necesario para proteger a las personas ante cualquier riesgo.
Texto oficial
Artículo 136. Conforme a la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México al interior de cada uno de los Centros Penitenciarios se contará con al menos una unidad encargada de la gestión integral de riesgos y protección civil, la cual deberá ser validada y verificada por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México. Para el funcionamiento de estas Unidades, la Secretaría por conducto de la Oficialía Mayor considerará en el presupuesto anual, el abasto de materiales, capacitación y equipos necesarios para el desempeño de sus respectivas funciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.