Artículo 144 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las brigadas de protección civil son equipos de personas que reciben capacitación, tienen el equipo necesario y están organizadas por las autoridades o los encargados de los centros penitenciarios. Estas personas usan lo que aprendieron para poner en marcha medidas de prevención y atención de riesgos, como incendios, sismos o inundaciones. Todo esto lo hacen dentro de las cárceles o reclusorios cuando ocurre una emergencia o desastre. La idea es que estén listos para actuar rápido y reducir los peligros para quienes están ahí.
Texto oficial
Artículo 144. Las brigadas de protección civil son un grupo de personas capacitadas, equipadas y coordinadas por las autoridades, los responsables o administradores, que aplican sus conocimientos para implementar las medidas de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil en los inmuebles que ocupan los Centros Penitenciarios ante una Emergencia o Desastre.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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