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Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
189

Artículo 189 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si entras a un centro penitenciario, te van a asignar a un grupo según lo que necesites aprender, como leer y escribir, o estudiar la primaria o secundaria. También vas a poder seguir con la prepa o la universidad si tienes la oportunidad. Todo el plan de estudios se va a adaptar a tu nivel de estudios, lo que sepas hacer, tus gustos y tus habilidades.

Texto oficial

Artículo 189. Las personas privadas de su libertad que ingresen a un Centro Penitenciario serán ubicadas, conforme al examen pedagógico que se les practique y al régimen educacional que corresponda ya sea alfabetización o educación primaria o secundaria. Lo anterior sin menoscabo de que, quienes estén en aptitud de seguir sus estudios de educación media superior y superior, los continúen. El tratamiento educativo se basará en el grado de escolaridad, capacidad para el aprendizaje, intereses, habilidades y aptitudes de las personas privadas de la libertad.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.