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Artículo 74 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Después de que se junta el Comité Técnico, la Secretaría del Comité tiene que mandarle a la persona encargada de la Subsecretaría una copia del acta (el documento donde se escribió todo lo que se habló). También debe enviarle los papeles importantes que respaldan las decisiones y sugerencias que se hicieron en esa reunión. Todo esto se manda para que el jefe de la Subsecretaría esté al tanto de lo que se acordó.

Texto oficial

Artículo 74. Una vez celebrada la sesión del Comité Técnico, corresponde a la Secretaría del Comité enviar a la persona titular de la Subsecretaría, copia del acta respectiva acompañada de los documentos necesarios y relevantes que avalan las determinaciones y recomendaciones hechas durante la sesión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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