Artículo 76 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CENTROS PENITENCIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las cárceles deben tener áreas especiales para separar a las personas presas según su peligrosidad y su historial dentro del sistema. Antes de asignarlos a un lugar, les hacen estudios para saber qué tan conflictivos pueden ser o cómo se han comportado antes. Así se decide si van a zonas de más vigilancia o a espacios más tranquilos. Todo esto es para mantener el orden y la seguridad dentro del penal.
Texto oficial
Artículo 76. Los Centros Penitenciarios contarán con instalaciones en donde se ubicará a las personas privadas de la libertad con base en los estudios clínico-criminológicos que previamente se les practiquen conforme a los criterios de riesgo y trayectoria institucional.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.