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Artículo 105 de la LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una autoridad del gobierno (como una dependencia de la Ciudad de México) te afecta al tomar una decisión o aplicar una acción basada en esta ley, sus reglamentos o planes, tú puedes quejarte. Puedes hacerlo de dos maneras: presentando un "recurso de inconformidad" ante la misma autoridad según la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad, o llevando tu caso directamente al Tribunal de lo Contencioso Administrativo (un juzgado especializado en asuntos contra el gobierno). En pocas palabras, tienes derecho a defenderte.

Texto oficial

Artículo 105. En contra de las resoluciones que dicten o ejecuten las autoridades de la Administración Pública, en aplicación de esta Ley, sus reglamentos o de los instrumentos de planeación, los afectados podrán interponer el recurso de inconformidad previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal o intentar el juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 61) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.