Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 43 de la LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te den la licencia, tienes 5 días hábiles (días que no son sábado, domingo ni festivos) para entregar a la autoridad la póliza de seguro que cubra daños a otras personas o a sus cosas. Ese seguro debe estar vigente todo el tiempo que dure tu licencia. Además, cada año tienes que volver a presentar la póliza para mostrar que sigue activa. Si no entregas el seguro en el tiempo indicado, la licencia se cancela automáticamente, sin necesidad de que nadie lo decida.

Texto oficial

Artículo 43. Una vez que se autorice la expedición de la Licencia, la persona titular de la misma tendrá un plazo de cinco días hábiles para entregar a la autoridad competente la póliza de seguro de responsabilidad civil para garantizar la reparación de daños a terceros o a sus bienes, la cual deberá mantenerse vigente durante el plazo de la Licencia. Dicha póliza deberá presentarse anualmente durante la vigencia de la Licencia. En caso de no presentar la póliza de seguro de responsabilidad civil en el plazo establecido, la Licencia se revocará de pleno derecho.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.