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Ley
LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
55

Artículo 55 de la LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso para poner un anuncio, en cuanto se termine el tiempo por el que lo obtuviste, tienes 5 días hábiles (días que no son sábado, domingo ni festivos) para quitar ese anuncio. El responsable de sacarlo eres tú, la persona a la que le dieron la autorización. Si no lo haces en ese plazo, podrías tener problemas.

Texto oficial

Artículo 55. El titular de la autorización deberá retirar los anuncios dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que haya concluido la vigencia de la Autorización respectiva. CAPÍTULO TERCERO DE LOS PERMISOS

Ver texto oficial de la LEY DE PUBLICIDAD EXTERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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