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Artículo 142 de la LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES Y DEL SISTEMA INTEGRAL PARA SU ATENCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 142 dice que el Sistema Integral va a promover que las personas mayores tengan una vejez activa y saludable. Para lograrlo, van a crear programas que enseñen a cuidarse solos, hacer ejercicio, mantenerse mentalmente activos y comer bien desde jóvenes para llegar mejor a la vejez. También van a hacer actividades para que los adultos mayores no estén sentados todo el día y puedan hacer sus cosas por sí mismos. Además, van a capacitar a la gente sobre la importancia de tener buenos hábitos y van a investigar cómo todo esto ayuda a ahorrar dinero en los hogares y en el gobierno. Todo esto busca que envejezcas con buena salud y sin perder tu independencia.

Texto oficial

Artículo 142. A efecto de consolidar el derecho a un envejecimiento activo y saludable el Sistema Integral impulsará: I. La promoción de políticas de autocuidado en las personas mayores y la instrumentación de políticas y programas para la promoción del envejecimiento activo y saludable de toda la población con la finalidad de transformar la forma de pensar, sentir y actuar con respecto a la edad y el envejecimiento; II. Impulsar medidas para reducir el sedentarismo en las personas mayores y el fortalecer la capacidad para realizar actividades cotidianas de forma autónoma; III. Promover actividades que estimulen el estado emocional y eviten el deterioro cognitivo; IV. Orientar a toda la población la adopción de estilos de vida saludables que eviten o disminuyan la presencia de enfermedades que comprometan su independencia, autonomía y movilidad conforme se avanza en el proceso de envejecimiento; V. Impulsar estrategias de formación, capacitación y sensibilización para toda la población, focalizando mensajes y mecanismos específicos por grupos de edad de acuerdo con el enfoque de ciclo vital respecto a los beneficios de adopción de hábitos alimenticios nutricionales que prevengan y reduzcan factores de riesgo para para la salud en la vejez; VI. Impulsar la realización de actividad físicas en toda la población, focalizando programas orientados a fortalecer estos hábitos en personas mayores acorde a su edad y condiciones de salud; VII. Desarrollar políticas públicas relacionadas con la cultura del envejecimiento activo y saludable, a través de la prevención de enfermedades crónicas, degenerativas y discapacitantes, y VIII. Desarrollar y publicar investigaciones sobre el envejecimiento activo y saludable y los ahorros que representan en la economía de los hogares y en el gasto público. Sección V De la Solidaridad Intergeneracional

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

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