Artículo 141 de la LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES Y DEL SISTEMA INTEGRAL PARA SU ATENCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema Integral va a crear un plan para que en la Ciudad se tomen medidas para que los adultos mayores tengan una vejez activa y saludable. Esto significa que se buscará que puedan disfrutar de bienestar físico, mental y social, participar en actividades como eventos culturales o cívicos, y tener protección y atención. La idea es que vivan más años con buena salud y calidad de vida, y que sigan aportando a su familia, amigos y comunidad.
Texto oficial
Artículo 141. El Sistema Integral desarrollará un plan integral para que en la Ciudad se adopten medidas orientadas a que las personas mayores alcancen un envejecimiento activo y saludable. Para efecto de la presente ley se considerará envejecimiento activo al proceso por el cual se optimizan las oportunidades de bienestar físico, mental y social, de participar en actividades sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas, y de contar con protección, seguridad y atención, con el objetivo de ampliar la esperanza de vida saludable y la calidad de vida de todos los individuos en la vejez, y permitirles así seguir contribuyendo activamente a sus familias, amigos, comunidades y naciones.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.