Artículo 140 de la LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES Y DEL SISTEMA INTEGRAL PARA SU ATENCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Estrategia va a crear grupos de apoyo para personas mayores, llamados redes de protección, donde participen distintas instituciones y especialistas. Estas redes van a ayudar sobre todo a las personas mayores que hayan sufrido violencia o maltrato, dándoles atención especial y urgente. El objetivo es asegurarse de que reciban ayuda en todo: desde lo físico y lo legal, hasta lo psicológico, lo económico y lo social. Es como un equipo completo de apoyo para que estén protegidas y atendidas como se debe.
Texto oficial
Artículo 140. La Estrategia definirá la conformación de redes de protección la persona mayor de carácter interinstitucional e interdisciplinario, principalmente para aquellas que debido a la violencia o maltrato que hayan sufrido requieran de atención especial y prioritaria a modo de garantizar su asistencia física, jurídica, psicológica, económica y social Sección IV Del Plan Integral para el Envejecimiento Activo y Saludable
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