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Artículo 25 de la LEY DE RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES Y DEL SISTEMA INTEGRAL PARA SU ATENCIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las alcaldías, junto con el Instituto, van a ayudar a formar Redes de Integración Comunitaria para personas mayores. El objetivo de estas redes es que los adultos mayores se conecten mejor con su comunidad, se apoyen entre sí, y tengan con quién contar en caso de emergencia o cuando se sientan solos o abandonados. También buscan que nadie se quede sin ayuda en situaciones de riesgo. Eso sí, al formar estas redes se respetará cómo los propios adultos mayores quieran organizarse y tomar sus decisiones.

Texto oficial

Artículo 25. Las alcaldías en coordinación con el Instituto promoverán la constitución de Redes de Integración Comunitaria con personas mayores, las cuales tendrán como propósito construir y fortalecer relaciones de éstos con los integrantes de su comunidad, a efecto de establecer vínculos de comunicación, solidaridad y asistencia de necesidades específicas, combatir situaciones de soledad, abandono y apoyo en escenarios de riesgo o emergencia. Dichas redes se constituirán respetando la autonomía y las propias formas de organización de las personas mayores. Sección VI Derecho a la seguridad y a una vida libre de violencia

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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