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Ley
LEY DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
2

Artículo 2 de la LEY DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto de Verificación Administrativa y las Alcaldías de la Ciudad de México son los encargados de hacer que se cumpla esta ley. Ellos son como los "jefes" que revisan que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 2.- Son autoridades para la aplicación de la presente Ley, el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México y las Alcaldías de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la LEY DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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