Artículo 36 de la LEY DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Padrón Único de Verificadores es una lista pública y actualizada donde se registran todas las personas que hacen verificaciones según la Ley. El Instituto es el encargado de armar y mantener al día este padrón, que incluye a servidores públicos especializados en verificación. Ahí se guarda información como su formación profesional, área de especialización y otros datos importantes para su trabajo. Es como un directorio oficial para saber quién puede hacer estas revisiones.
Texto oficial
Artículo 36.- El Padrón Único de Verificadores será la base de datos pública y actualizada que formará parte del Sistema Unificado de Verificación donde se encuentren registradas todas aquellas personas que realicen verificaciones en los términos establecidos por la Ley y el Reglamento. El Instituto será el encargado de integrar y actualizar permanentemente el Padrón Único de Verificadores, el cual contendrá el registro de las personas servidoras públicas especializadas y con funciones de verificación, conteniendo entre otras características, la formación profesional, su área de especialización y cualquier otro dato que pueda resultar relevante para el cumplimiento de las mismas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.