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Artículo 49 de la LEY DEL INSTITUTO DE VERIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto va a contratar a personas expertas para que hagan supervisiones y revisiones, pero solo después de que pasen por un concurso abierto al que cualquiera pueda entrar. Para eso, la Junta de Gobierno va a poner las reglas de cómo se llevará a cabo esa selección. Además, para calificar los exámenes y pruebas, el Instituto puede pedir ayuda a cámaras empresariales, asociaciones o agrupaciones de profesionistas, dependiendo del tema en el que sean especialistas. Así se aseguran de que solo los más capacitados queden en el puesto.

Texto oficial

Artículo 49.- La plantilla del personal especializado en las funciones de verificación se integrará a partir de concursos de selección abiertos, conforme a los lineamientos que emita la Junta de Gobierno. Para la calificación de los concursos de selección, el Instituto podrá celebrar convenios con cámaras, asociaciones y organizaciones profesionales y gremiales, atendiendo a la especialidad de cada una de las materias en que esta ley le confiere atribuciones y facultades.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.