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Artículo 13 de la LEY DE BEBÉ SEGURO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un bebé menor de un año, la ley dice que debe estar registrado en el Padrón de Derechohabientes, que es una lista de personas que pueden recibir apoyos y servicios del gobierno de la Ciudad de México. Además, el gobierno tiene la obligación de mantener esa información actualizada siguiendo las reglas de transparencia y protección de tus datos personales. En otras palabras, tu bebé será agregado a un registro oficial para que pueda acceder a programas sociales, y el gobierno debe cuidar que tu información esté correcta y no sea mal usada. No tienes que hacer ningún trámite especial, es algo que el sistema debe hacer automáticamente.

Texto oficial

Artículo 13.- Las niñas y niños menores de 12 meses serán incorporados al Padrón de Derechohabientes, que establece la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, y se deberá mantener actualizado el padrón de beneficiarios de conformidad con la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.