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Artículo 20 de la LEY DE BEBÉ SEGURO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El DIF de la Ciudad de México va a decidir cómo y cuándo puedes pedir este apoyo económico. Ese dinero solo lo puedes usar para comprar comida, medicinas o cosas básicas para el desarrollo del niño o niña. Si el bebé tiene entre 0 y 6 meses, los papás o tutores tienen que firmar un documento donde se comprometen a darle solo leche materna, a menos que un doctor diga que no es posible por alguna razón de salud.

Texto oficial

Artículo 20.- El DIF-CDMX determinará los mecanismos y procedimientos de acceso a la obtención de este apoyo económico, el cual exclusivamente estará destinado para la adquisición de alimentos, medicamentos o enseres indispensables para su adecuado desarrollo integral. Cuando se encuentre en el rango de 0 a 6 meses, deberán firmar una carta en la que se comprometen a realizar lactancia materna exclusiva al menor; a menos que por razones médicas esto no se pueda realizar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.