Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 5 de la LEY DE BEBÉ SEGURO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo lista los principios que se deben seguir al aplicar la ley para bebés de 0 a 12 meses. El más importante es el Interés Superior del niño, que significa poner el bienestar del bebé por encima de todo. También se habla de darles las mismas oportunidades sin importar su origen, de que el gobierno priorice recursos para ellos, y de que la familia y las autoridades trabajen juntos para cuidarlos. Además, dice que los programas deben ser accesibles para todos, que los papás tienen la responsabilidad principal, y que los bebés tienen derechos especiales por su vulnerabilidad. Por último, se garantiza que ningún bebé sea discriminado por su raza, religión, sexo o cualquier otra condición.

Texto oficial

Artículo 5.- Son principios rectores, de aplicación obligatoria, en la observancia, interpretación y aplicación de esta Ley, los siguientes: I. El Interés Superior del niño: implica dar prioridad al bienestar de las niñas y los niños de 0 a 12 meses de edad, ante cualquier otro interés que vaya en su perjuicio, así como el reconocimiento de su vulnerabilidad, por la etapa de vida en que se encuentra y la necesidad de una acción concertada de la autoridad para su cuidado; II. Equidad: la plena igualdad de oportunidades en todos los ámbitos que conciernen a las niñas y los niños de 0 a 12 meses de edad; III. Priorización de recursos: en la asignación de recursos públicos relacionados con la niñez, tendrán preeminencia las acciones y servicios públicos para las niñas y los niños de 0 a 12 meses de edad; IV. Corresponsabilidad: que asegure la participación y responsabilidad de la familia, órganos locales de gobierno y sociedad en la atención de las niñas y los niños de 0 a 12 meses de edad; V. Accesibilidad: los mecanismos y acciones de gobierno instrumentados con el fin de facilitar que las niñas y los niños de 0 a 12 meses de edad obtengan los beneficios de los servicios, programas y acciones gubernamentales, ya sea mediante la movilidad operativa- administrativa de éstos, o mediante la generación de acciones para facilitar el acceso de las personas a dichos servicios públicos. Lo anterior en función de los recursos financieros, humanos y de infraestructura disponibles; VI. Preeminencia parental: lo que implica que el Estado respete la responsabilidad primordial de los ascendientes y familiares en el desarrollo de niñas y los niños de 0 a 12 meses de edad; VII. Protección Especial: conforme a a la cual se reconoce la situación particular de las niñas y los niños de 0 a 12 meses de edad, quienes tienen diversas necesidades en su desarrollo que obligan a la elaboración de respuestas gubernamentales especiales y políticas públicas específicas, con objeto de procurar que todos ejerzan sus derechos con equidad y progresividad; VIII. Igualdad y no discriminación: las disposiciones de esta Ley se aplican por igual a todas las niñas y los niños de 0 a 12 meses de edad de familias de bajos recursos que cumplan con lo establecido en el reglamento, sin discriminación alguna fundada por motivos de raza, color, sexo, edad, religión, origen social, discapacidad, enfermedad, nacimiento o cualquier otra condición de la niña o el niño, de sus ascendientes, tutores o responsables; IX. La universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad e integralidad son principios garantes de los derechos de los bebés conforme a lo dispuesto en los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como en los Tratados Internacionales; X. El derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; XI. La interculturalidad; XII. El principio pro persona; XIII. El acceso a una vida libre de violencia; y XIV. El derecho al adecuado desarrollo evolutivo de la personalidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.