Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5639/11
Ley
LEY DE FOMENTO AL CINE MEXICANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
11

Artículo 11 de la LEY DE FOMENTO AL CINE MEXICANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 11 dice que va a existir un programa especial para apoyar el cine mexicano en la Ciudad de México. Ese programa va a marcar las reglas generales de cómo se va a manejar la política cultural del cine en la capital. Además, el programa tiene que seguir los principios básicos que ya están escritos en esta misma ley para fomentar, promover y desarrollar el cine como parte de la cultura.

Texto oficial

Artículo 11.- El Programa de Fomento, Promoción y Desarrollo del Cine Mexicano en la Ciudad de México contendrá las directrices generales de la política cultural del cine en la Ciudad de México. Este Programa se sujetará a los principios generales de fomento, promoción y desarrollo cultural del cine que establece la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY DE FOMENTO AL CINE MEXICANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 11 de la LEY DE FOMENTO AL CINE MEXICANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO., explicado | Precedente Legal