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Artículo 29 de la LEY DE FOMENTO AL CINE MEXICANO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice quiénes son los involucrados en un fideicomiso de cine en la Ciudad de México. La Secretaría de Finanzas del gobierno local es la única dueña del fideicomiso. La institución que maneja el dinero (fiduciaria) la elige esa misma Secretaría. Las personas que pueden recibir apoyos son los creadores, productores, distribuidores y exhibidores de cine, siempre y cuando cumplan con los requisitos que ponga el Comité Técnico de PROCINECDMX.

Texto oficial

Artículo 29.- Será fidecomitente único la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México. Será fiduciaria la institución que al efecto determine la Fidecomitente (sic). Serán Fidecomisarios los creadores, productores, distribuidores, comercializadores y exhibidores y demás personas que reúnan los requisitos establecidos por el Comité Técnico de PROCINECDMX, a efecto de recibir los apoyos, estímulos o incentivos otorgados por este Fideicomiso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.