Artículo 100 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice quiénes forman parte del Gabinete de la Juventud, que es un grupo de personas que toman decisiones sobre temas que afectan a los jóvenes en la Ciudad de México. Básicamente, incluye a los jefes de todas las dependencias importantes del gobierno de la ciudad, como las secretarías de Educación, Salud, Seguridad Pública y otras. También entran la Procuraduría de Justicia, las Delegaciones (ahora llamadas Alcaldías) y varios institutos como el de la Juventud, el de las Mujeres y el del Deporte. En total, son 26 áreas del gobierno local, todas juntas para trabajar por la juventud.
Texto oficial
Artículo 100.- El Gabinete de la Juventud estará integrado por: I. La Jefatura de Gobierno del Distrito Federal; II. La Secretaría de Gobierno del Distrito Federal; III. La Procuraduría de Justicia del Distrito Federal; IV. La Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación del Distrito Federal; V. La Secretaría de Cultura del Distrito Federal; VI. La Secretaría de Educación del Distrito Federal; VII. La Secretaria de Finanzas del Distrito Federal; VIII. La Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal; IX. La Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal; X. La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal; XI. La Secretaría de Obras y Servicios del Distrito Federal; XII. La Secretaría de Medio Ambiente del Distrito Federal; XIII. La Secretaría de Salud del Distrito Federal; XIV. La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; XV. La Secretaría de Movilidad del Distrito Federal; XVI. La Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo del Distrito Federal; XVII. La Secretaría de Turismo del Distrito Federal; XVIII. La Consejería Jurídica y de Servicios Legales; XIX. Las Delegaciones Políticas del Distrito Federal; XX. El Instituto del Deporte del Distrito Federal; XXI. El Instituto de la Juventud del Distrito Federal; XXII. El Instituto de las Mujeres del Distrito Federal; XXIII. El Consejo de Evaluación del Desarrollo Social; XXIV. El Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal; y XXV. La Escuela de Administración Pública del Distrito Federal. XXVI. El Consejo de Población del Distrito Federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.