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Ley
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
156

Artículo 156 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Plan tiene cuatro metas principales para los jóvenes en la Ciudad de México. Primero, que puedan disfrutar completamente todos sus derechos humanos. Segundo, asegurar que hombres y mujeres tengan las mismas oportunidades. Tercero, ayudar a que nadie sea excluido por su cultura, raza u origen étnico. Y cuarto, motivar a los jóvenes a participar y ser tomados en cuenta.

Texto oficial

Artículo 156.- El Plan buscará: I. Garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas jóvenes en la Ciudad de México; II. Asegurar la igualdad de género; III. Superar la exclusión cultural o étnica, y IV. Fomentar la participación de las personas jóvenes.

Ver texto oficial de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 30) ↗

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