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Ley
LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
21

Artículo 21 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno te va a ofrecer opciones de préstamos o becas para que puedas estudiar, y también va a crear programas para que si dejaste la escuela, puedas regresar y terminar tus estudios. Además, va a impulsar la ciencia y la creatividad de los jóvenes con políticas y planes que te ayuden a formarte en todos los aspectos de tu vida. Para lograrlo, pueden participar tanto organizaciones de la sociedad civil como tú mismo.

Texto oficial

Artículo 21.- El Gobierno en el ámbito de su competencia, ofrecerá alternativas de financiamiento para la educación de las personas jóvenes e implementará programas que les permitan reintegrarse a los sistemas educativos. El Gobierno desarrollará políticas públicas para el fomento e impulso a la investigación científica y la creatividad de la juventud, e implementará planes y programas para el desarrollo del proceso de formación integral; para la consecución de este fin, se podrá involucrar a las organizaciones de la sociedad civil y a las personas jóvenes.

Ver texto oficial de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 7) ↗

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