Artículo 53 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno, a través de un plan especial, va a crear y promover programas de deporte para los jóvenes, con el fin de que tengan una mejor calidad de vida, ya sea para ocupar su tiempo libre o para desarrollarse en el deporte como profesión. Para eso, va a apoyar las ideas y proyectos deportivos que surjan de los jóvenes, y va a hacer campañas constantes para mostrarles los beneficios de hacer ejercicio y deporte todos los días. También va a impulsar el uso de la bicicleta como medio de transporte, porque es buena para la salud, cuida el medio ambiente y fomenta el ejercicio, así que el gobierno va a crear rutas seguras y exclusivas para andar en bici. Además, se asegurará de que los jóvenes tengan espacios e infraestructura seguros para practicar deporte, y que en los clubes, sean amateur o profesionales, no te limiten o afecten tu desarrollo deportivo. Por último, el gobierno buscará que todos los jóvenes puedan practicar deporte y disfrutar de eventos deportivos, y tendrá un programa para apoyar las iniciativas deportivas juveniles.
Texto oficial
Artículo 53.- El Gobierno a través del Plan, diseñará y promoverá una política de deporte dirigida a las personas jóvenes como instrumento para mejorar su calidad de vida como alternativa en el uso de su tiempo libre o impulso de su actividad profesional. Con ese objetivo implementará un sistema de promoción y apoyo a iniciativas deportivas juveniles. También desarrollará campañas permanentes de difusión sobre los beneficios que trae consigo la práctica cotidiana de actividades físicas y deportivas. Asimismo, promoverá entre las personas jóvenes el uso de la bicicleta como medio de transporte y promoción de la salud pública, la sustentabilidad del medio ambiente y el fomento del ejercicio físico, para lo cual se reconoce a la bicicleta como medio de transporte de utilidad e interés público para la Ciudad de México, cuyo uso debe ser promovido, estimulado y fomentado en todos los niveles de gobierno, para lograr lo anterior el Gobierno generará rutas seguras y exclusivas para el tránsito de bicicletas. El Gobierno a través del Plan, fomentará que las personas jóvenes cuenten con espacios suficientes y con la infraestructura necesaria y segura, para el ejercicio del derecho al deporte. Asimismo, promoverá y cuidará que la práctica deportiva en clubes amateur o profesionales no limite o imponga dinámicas que coarten o perjudiquen el libre desarrollo deportivo de las personas jóvenes. El Gobierno impulsará los mecanismos para el acceso de todas las personas jóvenes a la práctica deportiva y al disfrute de espectáculos deportivos así como un programa de promoción y apoyo para las iniciativas deportivas juveniles. CAPÍTULO XII DEL DERECHO A LA CULTURA, AL ARTE, A LA CIENCIA Y A LA RECREACIÓN
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.