Artículo 60 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno, por medio de un grupo especial llamado Gabinete de Juventud, va a dar cursos de capacitación a los empleados públicos. Estos cursos les enseñarán a reaccionar rápido, con cuidado y usando la fuerza solo cuando sea necesario, en caso de que haya una emergencia con jóvenes en eventos inesperados. Todo esto siguiendo lo que dice la Constitución y las leyes de la Ciudad de México. Además, el gobierno tiene la obligación de garantizar que los jóvenes estén seguros mientras ocupan sus espacios y hacen actividades recreativas que no estén prohibidas.
Texto oficial
Articulo 60.- El Gobierno a través del Gabinete de Juventud, implementará programas de capacitación dirigidos a los servidores públicos mediante los cuales se les brinden las bases que les permitan reaccionar con oportunidad, diligencia, eficiencia y con el debido grado del uso de la fuerza, frente a las situaciones de emergencia que se generen durante el desarrollo de eventos imprevistos en los que intervengan personas jóvenes, lo anterior en atención a lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la legislación aplicable del Distrito Federal. En todos los casos el Gobierno deberá garantizar adecuadamente la seguridad de las personas jóvenes en el disfrute de sus espacios y actividades recreativas lícitas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.