Artículo 82 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS JÓVENES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las personas jóvenes tienen derecho a vivir en un ambiente limpio y sin contaminación, y también a tener libertad, igualdad y condiciones de vida que les permitan sentirse bien y vivir con dignidad. Todo esto debe cumplir con lo que dice la Constitución y otras leyes. Además, cuando se aplique este derecho, hay que respetar las tradiciones y costumbres de las comunidades indígenas y de los pueblos o barrios originarios de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 82.- Las personas jóvenes tienen derecho a un medio ambiente sano y equilibrado, así como a la libertad, igualdad y disfrute de las condiciones de vida adecuadas en un medio ambiente que les permita llevar una vida digna y gozar del bienestar en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta Ley y demás leyes aplicables. Ante el ejercicio de este derecho deberán tomarse en cuenta los usos y costumbres de las comunidades indígenas y de los integrantes de un pueblo o barrio originario en el Distrito Federal. CAPÍTULO XX DEL DERECHO A LAS FAMILIAS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.