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Ley
LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
1

Artículo 1 de la LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley es obligatoria para todos en la Ciudad de México y busca que el campo y las actividades del sector agropecuario (como la agricultura y la ganadería) se hagan de manera completa y que duren a largo plazo, sin dañar el medio ambiente o a la comunidad rural.

Texto oficial

Artículo 1º.- La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto propiciar la integralidad y sustentabilidad del desarrollo agropecuario y rural de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 1) ↗

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