Artículo 32 de la LEY DE DESARROLLO AGROPECUARIO, RURAL Y SUSTENTABLE DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a crear un plan para juntar y organizar toda la información sobre el campo y sus actividades en la Ciudad de México. Esto incluye datos de otros países, del país, de la ciudad y de cada alcaldía, sobre temas como la economía, la cultura y la vida en las comunidades rurales. También se tomará en cuenta información de los pueblos originarios y cómo se fomenta la convivencia entre diferentes culturas. Además, el plan incluirá datos sobre los mercados, como qué se vende, cuánto hay, los precios, lo que se espera producir y el clima actual o pronosticado. Todo esto servirá para ayudar a que el campo y las zonas rurales de la ciudad se desarrollen mejor.
Texto oficial
Artículo 32.- La Secretaría establecerá una estrategia de información estadística y geográfica para el desarrollo agropecuario y rural de la Ciudad de México, mediante el cual integrará información internacional, nacional, local y por demarcación territorial, relativa a los aspectos económicos, sociales y culturales relevantes de la actividad agropecuaria y el desarrollo rural, el desarrollo sociocultural en pueblos originarios, y el fomento de la interculturalidad; información de mercados en términos de oferta y demanda, disponibilidad de productos y calidades, expectativas de producción, precios, mercados de insumos y condiciones climatológicas prevalecientes y esperadas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.