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Artículo 31 de la LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno de la Ciudad reconoce que hay grupos de personas (como asociaciones, colectivos o vecinos) que ya hacen actividades culturales y han ayudado a su comunidad. También debe apoyar a nuevos grupos que quieran impulsar la cultura en su barrio, colonia, región o Alcaldía. Para que esto funcione, se usarán las reglas y el dinero del Presupuesto Participativo, que es un fondo donde los ciudadanos deciden en qué gastarlo. Esto está explicado en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 31. El Gobierno de la Ciudad, reconoce las diversas formas de organización social que en el ámbito de la cultura se han desarrollado y las aportaciones hechas a su comunidad en esta materia. Del mismo modo, debe estimular la participación de nuevas expresiones sociales que propicien, generen y difundan la creación cultural de su barrio, colonia, región, o Alcaldía de la Ciudad. Para efectos del presente artículo se tomará en consideración los mecanismos y el Presupuesto Participativo establecido en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.