LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es muy importante para todas y todos en la Ciudad de México, porque busca proteger y promover las diferentes formas de expresión cultural que existen aquí. Su propósito es apoyar, desarrollar y cuidar que no se pierdan las tradiciones, el arte y las costumbres de la comunidad. No es un simple trámite, sino una obligación para el gobierno y la sociedad garantizar que la diversidad cultural se mantenga viva. En pocas palabras, esta ley existe para que ninguna expresión cultural de la ciudad se quede sin apoyo o desaparezca.
- Art. 2La diversidad cultural le pertenece a toda la sociedad. En la Ciudad de México, tanto el gobierno, las empresas, las organizaciones civiles y todos los que vivan o visiten la ciudad tienen la obligación de cuidarla, promoverla, compartirla y disfrutarla. Esto significa que nadie se puede lavar las manos: tod@s somos responsables de proteger las diferentes costumbres, tradiciones y expresiones culturales. Todo esto se debe hacer siguiendo lo que marca esta ley y otras reglas que apliquen.
- Art. 3Este artículo dice que para aplicar esta ley se deben tomar en cuenta estos principios como guía, pero sin limitarse solo a ellos. Te explica los valores que la ley debe seguir: que todo sea accesible para todos, que se promueva la paz y que nadie sea discriminado. También incluye que las mujeres y los hombres tengan las mismas oportunidades (igualdad sustantiva), que se considere primero el bienestar de los niños y niñas, y que se respeten las diferentes culturas. Además, habla de que las decisiones deben considerar el impacto en el medio ambiente (sostenibilidad), que las autoridades sean transparentes, y que los derechos humanos son para todas las personas sin excepción.
- Art. 4Este artículo define palabras clave de la ley que vas a leer. Te explica que una "Alcaldía" es el gobierno de cada zona de la Ciudad de México. "Actividades, bienes y servicios culturales" son cosas como conciertos, pinturas o talleres que expresan la cultura, sin importar si cuestan dinero. "Ciudad" significa simplemente la Ciudad de México. También te aclara conceptos como "creadores culturales" (artistas), "difusión cultural" (dar a conocer el arte) o "grupos de atención prioritaria" (personas que sufren más discriminación, como mujeres, niños, personas con discapacidad, indígenas o migrantes). Todo esto sirve para que entiendas mejor lo que viene después en la ley.
- Art. 5Las autoridades de cultura de la Ciudad (como el gobierno o sus oficinas) tienen la obligación de cumplir con estos objetivos: - Hacer políticas culturales tomando en cuenta a los creadores, promotores y al público, y diseñar programas que garanticen tus derechos culturales. - Apoyar actividades de investigación, formación y promoción de la cultura, cuidando la diversidad de expresiones culturales, el desarrollo comunitario y la conservación del patrimonio. - Crear y mantener espacios como casas de cultura, bibliotecas, museos y teatros, con apoyo público o privado. - Dar premios y estímulos a personas o grupos que contribuyan a la cultura, con convocatorias abiertas. - Promover becas para estudiantes, artistas y promotores, y ofrecer capacitación en igualdad de género y no discriminación.
- Art. 6El artículo 6 dice que el Sistema de Fomento y Desarrollo Cultural es un conjunto de reglas, formas de trabajar y programas que el Gobierno de la Ciudad acuerda con grupos sociales y empresas privadas. Sirve para que todos trabajen juntos y organizados, con el objetivo de promover y apoyar la cultura en la Ciudad. En palabras más simples, es como un plan en equipo entre el gobierno y la gente para que haya más actividades culturales.
- Art. 7El Sistema está formado por un grupo de personas y organizaciones. Entre ellos están el Consejo, los jefes de las Alcaldías y representantes de comisiones relacionadas con la cultura. También participan los encargados de fideicomisos (fondos de dinero para proyectos culturales) y representantes de asociaciones civiles o grupos independientes que promuevan la cultura en la Ciudad. Por último, se invita a personas de escuelas y universidades, tanto públicas como privadas, que trabajen en fomentar la cultura.
- Art. 8El Sistema es el grupo de personas que asesoran al gobierno para decidir cómo manejar los asuntos de cultura en la Ciudad, como eventos, museos o apoyos a artistas. Su labor es dar recomendaciones con base en las leyes y reglamentos que ya están vigentes, sin poder tomar decisiones por sí solos. Es como un consejo que opina para que las autoridades definan el rumbo de la cultura, pero siempre respetando lo que dice la ley. En pocas palabras, es un equipo de expertos que aconseja al gobierno, pero no manda.
- Art. 9El Sistema, por medio de la Secretaría, se encarga de varias cosas para que tengas acceso a la cultura en la Ciudad. Primero, va a promover actividades culturales repartidas por todas las zonas, para que no solo se concentren en un lugar. También se asegurará de que se cumplan las leyes que protegen el patrimonio cultural, natural y biocultural de la Ciudad. Organizará programas con otros países, regiones y ciudades, y pondrá atención especial en las zonas que no tienen espacios para la cultura, proponiendo acciones para llevarla ahí. Además, creará un sistema de información público y fácil de consultar sobre las políticas culturales, y buscará que tú, como ciudadano, puedas participar en las decisiones sobre esas políticas.
- Art. 10La Secretaría va a hacer los acuerdos necesarios para que el Gobierno de la Ciudad de México y el Gobierno Federal trabajen juntos en ciertos temas. Estos acuerdos pueden ser convenios o cualquier otro documento legal que sea necesario según las leyes. La idea es que la Secretaría sea la encargada de coordinarse con otras oficinas y dependencias del gobierno federal. En pocas palabras, se trata de poner de acuerdo a ambas partes del gobierno para colaborar en lo que se necesite.
- Art. 11La Secretaría tiene que pedir ayuda a otras dependencias del Gobierno Federal para que la Ciudad pueda entrar a programas de cultura. Estos programas incluyen hacer, compartir y disfrutar de cosas como danza, música o pintura. Esto aplica tanto para la gente que vive en la Ciudad como para quienes la visitan. Básicamente, buscan que nadie se quede sin acceso a eventos o actividades culturales.
- Art. 12La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) se encargará de firmar, actualizar o crear acuerdos legales con los estados y municipios, según lo que digan las leyes correspondientes. Estos acuerdos serán para poner en marcha acciones concretas que ayuden a que la gente conozca más la cultura de México. En pocas palabras, el gobierno federal trabajará junto con los gobiernos locales para promover nuestra cultura. No importa si ya existían o no esos acuerdos: los revisarán o los harán nuevos si hace falta. Todo esto siempre siguiendo las reglas y leyes que ya están establecidas.
- Art. 13La Secretaría necesita que el Jefe de Gobierno le dé permiso primero. Una vez autorizada, puede firmar acuerdos o convenios con organismos internacionales y con otras ciudades o regiones del mundo. Todo esto es para trabajar juntos en proyectos culturales que ayuden al desarrollo sostenible, es decir, que cuiden el medio ambiente y mejoren la calidad de vida. Los acuerdos se hacen siguiendo las reglas que ya existen sobre el tema.
- Art. 14La Secretaría será la encargada de organizar pláticas, mesas de diálogo y programas junto con empresas y organizaciones tanto de México como del extranjero. El chiste es buscar nuevas formas de apoyar la cultura en la Ciudad, pero siempre cuidando que haya igualdad entre mujeres y hombres y que no se discrimine a nadie. Básicamente, quieren que todos los eventos y estrategias culturales sean inclusivos y justos para todas las personas.
- Art. 15Este artículo nombra a los responsables de hacer que esta ley se cumpla en la Ciudad de México. Básicamente, dice que la Jefa de Gobierno, la Secretaría de Cultura, la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y todas las Alcaldías tienen la obligación de aplicar las reglas. Son como los "jefes" encargados de que todo funcione según lo que marca la ley.
- Art. 16La persona que encabeza el gobierno de la Ciudad de México tiene que incluir en su plan de trabajo las acciones para cuidar, investigar y promover la gran variedad de expresiones culturales que hay en la ciudad. También debe aprobar y hacer público un programa especial para el desarrollo cultural, y asignarle al menos el 2% del presupuesto total de la ciudad cada año. Además, puede hacer acuerdos con el gobierno federal, otros estados, empresas o personas para apoyar la cultura, y firmar los documentos necesarios para que todos los departamentos del gobierno trabajen bien juntos en los programas culturales.
- Art. 17La Secretaría de Cultura de la Ciudad de México se encarga de muchas cosas importantes para que puedas disfrutar del arte y la cultura. Por ejemplo, define cómo se aplican las políticas culturales de la ciudad y se asegura de que se respeten tus derechos culturales. También crea y maneja programas para fomentar la lectura, apoyar a artistas con becas y cuidar el patrimonio histórico, como libros y documentos antiguos. Además, trabaja con otras dependencias para construir espacios culturales y bibliotecas públicas, y consigue dinero del gobierno federal para estos proyectos. En pocas palabras, esta secretaría busca que todos tengamos acceso a la cultura y que las expresiones artísticas de la ciudad crezcan y se preserven.
- Art. 18La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación tiene varias responsabilidades importantes. Primero, se encarga de que las bibliotecas públicas funcionen bien y que la gente use también las bibliotecas digitales, para conectar todo esto con la educación y la investigación. Segundo, debe promover la ciencia y la tecnología entre la gente de la ciudad, trabajando con otras dependencias. Tercero, tiene que ayudar a que los museos de ciencias se modernicen y apoyar proyectos que mezclen arte, ciencia y humanidades. Cuarto, debe impulsar que se compartan ideas con otros países para que la ciencia sea un derecho cultural de todos. Quinto, tiene que crear contenidos educativos y programas de ciencia y tecnología que no sean parte de la escuela formal, para que haya más opciones culturales.
- Art. 19La Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios va a trabajar de la mano con otra Secretaría (la de Cultura) para hacer y llevar a cabo planes y actividades que ayuden al desarrollo y promoción de la cultura de las comunidades indígenas y los pueblos y barrios originales de la Ciudad de México. Todo esto se hará siguiendo lo que dice la Ley de Derechos de los Pueblos y Barrios Originarios. En pocas palabras, se encargarán de apoyar y difundir la riqueza cultural de estos grupos.
- Art. 20Las Alcaldías de la Ciudad de México tienen que incluir en su plan de gobierno cómo van a promover y proteger la diversidad cultural de su zona, siguiendo las instrucciones de la Secretaría de Cultura. También pueden hacer acuerdos con el gobierno estatal, federal o con personas y empresas para coordinar mejor las actividades culturales. Deben armar programas de actividades culturales, impulsar la creación de bibliotecas y museos, y apoyar a quienes se dedican a la cultura, como los sonideros, con reconocimientos o premios. Tienen la obligación de mantener una lista actualizada de los espacios públicos que sirvan para eventos artísticos y de fomentar descuentos o entradas gratis a espectáculos culturales. Por último, al inicio de cada administración deben crear un Consejo de la Alcaldía con participación de la comunidad cultural y otros sectores.
- Art. 21El Consejo de Fomento y Desarrollo Cultural de la Ciudad de México es como un puente entre el gobierno y la gente común que hace o disfruta la cultura. Sirve para que las autoridades culturales escuchen opiniones y reciban consejos de la sociedad. No tiene poder para tomar decisiones obligatorias, solo para discutir ideas y sugerir caminos. Básicamente, es un espacio donde cualquier persona o grupo puede aportar para mejorar la cultura en la ciudad.
- Art. 22El Consejo puede decidir cómo va a trabajar por cuenta propia. Puede dar ideas sobre las políticas culturales que la Ciudad tiene en su plan de gobierno. También puede hacer sugerencias para que los programas culturales de las instituciones se cumplan bien. Además, puede proponer formas para que la gente participe en mejorar la cultura de la Ciudad, y opinar sobre cómo fomentar el intercambio libre de ideas y expresiones culturales. Por último, con ayuda de la Comisión de la Memoria Histórica y las Alcaldías, puede proponer al Sistema una lista de eventos y expresiones culturales (como la cultura sonidera) que debe actualizarse seguido.
- Art. 23El Consejo está formado por los jefes de varias dependencias del gobierno, como las secretarías de Cultura, Educación, Turismo y otras. La persona que esté al frente de la Secretaría de Cultura será quien presida el Consejo. También incluye a 12 representantes de la comunidad artística y cultural, quienes serán elegidos por la Secretaría de Cultura a través de una convocatoria pública en los primeros 90 días del gobierno. Estos representantes durarán en su cargo todo el sexenio, y su elección debe ser justa, con igualdad de género y protegiendo a grupos prioritarios. Además, la Secretaría puede invitar a otras autoridades o expertos a las reuniones para que aporten ideas, y todos los cargos en el Consejo son honorarios, es decir, no reciben sueldo.
- Art. 24Cada institución que forma parte del Consejo debe nombrar a dos personas para que las representen: una titular y una suplente. La persona titular es el jefe o la autoridad máxima de esa institución. La persona suplente debe tener conocimientos y experiencia en el tema, para que pueda reemplazar al titular cuando sea necesario. Así se aseguran de que siempre haya alguien preparado para tomar decisiones importantes.
- Art. 25El Consejo está obligado a juntarse cada cuatro meses de forma normal, y la Presidencia debe avisarles cuándo será la reunión. También puede haber juntas extraordinarias si la Presidencia lo decide o si al menos dos de cada tres miembros del Consejo (es decir, la mayoría calificada) están de acuerdo en que se necesita una reunión fuera de lo habitual. Esto aplica para los Consejos de las Alcaldías que se encargan de temas culturales, como el acceso a la cultura, su cuidado, desarrollo y promoción.
- Art. 26Los Consejos de las Alcaldías son como un grupo de personas que ayudan y dan consejos al Alcalde o Alcaldesa. Su trabajo es apoyar en lo que tenga que ver con la cultura y los derechos culturales de tu colonia o delegación. Por ejemplo, participan para planear, checar y evaluar cómo va el programa de gobierno en esos temas. En pocas palabras, son consejeros que ayudan a que la cultura se tome en cuenta y funcione bien en tu zona.
- Art. 27El Consejo de la Alcaldía es un grupo de personas que se encarga de temas culturales y sociales de tu colonia o delegación. Este consejo está formado por: la persona que es la Alcaldesa o Alcalde (quien preside), los encargados de áreas como desarrollo social y derechos culturales, un representante de cada espacio cultural (como centros comunitarios o museos), y al menos cinco integrantes de la comunidad artística local. Esas personas de la comunidad artística duran tres años en el puesto y se eligen mediante una convocatoria pública que debe ser justa, con igualdad de mujeres y hombres, y dando prioridad a grupos que más lo necesiten. El consejo puede invitar a expertos o ciudadanos a sus reuniones para que ayuden a tomar mejores decisiones. Finalmente, ser parte del consejo es un cargo sin sueldo, solo por servicio a la comunidad.
- Art. 28El Artículo 28 dice que los Consejos de las Alcaldías —que son grupos de personas que ayudan a tomar decisiones en cada alcaldía— deben formarse justo cuando empieza el gobierno de esa alcaldía. Una vez que ya estén listos y funcionando, la alcaldía tiene que avisarle a la Secretaría (que es una oficina del gobierno). En otras palabras, no pueden dejarlo para después: tienen que hacerlo al inicio y dar el reporte correspondiente. Así se aseguran de que todo quede registrado desde el principio.
- Art. 29Los Consejos de las Alcaldías tienen varias funciones. Pueden aprobar sus propias reglas de trabajo y aconsejar al Alcalde o Alcaldesa sobre el programa de cultura de su zona, sugiriendo ideas para proteger la diversidad cultural de la Ciudad de México. También pueden enviarle propuestas para mejorar la planeación cultural, proponer formas de participación ciudadana, y revisar el presupuesto de cultura para sugerir actividades. Además, pueden quejarse si la Alcaldía no cumple con su labor cultural, ayudar a crear un catálogo de tradiciones locales con ayuda de los pueblos originarios, y revisar los informes culturales para asegurar que se respete la igualdad de género y no haya discriminación.
- Art. 30El artículo dice que el Gobierno de la Ciudad va a reconocer a los grupos y organizaciones de la sociedad que se dedican a la cultura. A partir de ahí, el gobierno debe crear formas o herramientas para que la gente común pueda participar y opinar en los temas de cuidado, impulso y crecimiento cultural. Es decir, busca que no solo los expertos decidan, sino que todos puedan meterse en el debate y las actividades culturales.
- Art. 31El Gobierno de la Ciudad reconoce que hay grupos de personas (como asociaciones, colectivos o vecinos) que ya hacen actividades culturales y han ayudado a su comunidad. También debe apoyar a nuevos grupos que quieran impulsar la cultura en su barrio, colonia, región o Alcaldía. Para que esto funcione, se usarán las reglas y el dinero del Presupuesto Participativo, que es un fondo donde los ciudadanos deciden en qué gastarlo. Esto está explicado en la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México.
- Art. 32Este artículo dice que tú y todas las personas en la Ciudad pueden participar en la cultura de distintas formas. Puedes dar tu opinión, platicar sobre temas culturales, proponer ideas, crear proyectos, organizar eventos o simplemente disfrutar de conciertos, danzas, exposiciones y otras expresiones culturales. También incluye que puedes vincularte con otros para promover la cultura y compartir actividades. En pocas palabras, la ley reconoce que todos podemos ser parte activa de la vida cultural, no solo como espectadores, sino también como creadores y organizadores.
- Art. 33El gobierno de la Ciudad acepta que la sociedad puede participar de muchas formas. Por eso, puede ayudar, impulsar y hacer más fuertes las actividades donde la gente opina, propone ideas, llega a acuerdos, da su opinión, se organiza, analiza problemas, discute, intercambia puntos de vista, recibe información o toma decisiones. Para lograrlo, puede usar, crear, apoyar o mejorar distintos medios, ya sean plataformas digitales o juntas presenciales.
- Art. 34La Secretaría de Cultura de la Ciudad va a ponerse de acuerdo con los artistas, grupos, colectivos y centros culturales locales para diseñar una forma de informar y dar a conocer todos los eventos y programas culturales que se hacen en tu zona. La idea es que haya comunicación directa entre la gente común y esas instituciones, para que todos estén enterados y puedan participar.
- Art. 35Este artículo dice que la Secretaría de Cultura usará la información y difusión para conectar a los grupos culturales con la gente de la Ciudad de México. Así, las personas que usan los servicios culturales pueden participar en un sistema para apoyar la cultura. También, la Secretaría puede crear una plataforma virtual para presentar conciertos, obras de teatro, danza y cualquier otra expresión cultural que promueva la diversidad. Básicamente, busca que más personas se involucren con la cultura y puedan ver espectáculos desde internet.
- Art. 36Este artículo dice que los artistas, promotores, grupos culturales y todos los habitantes de la Ciudad de México pueden participar activamente en los asuntos culturales. Esa participación ayuda a que la gente opine, se coordine y evalúe los programas y actividades culturales que ya existen o se van a crear.
- Art. 37El Programa Sectorial de Cultura de la Ciudad es un plan que sale de otros planes más grandes, como el Plan General y el Programa de Gobierno. Su objetivo es fijar las metas, estrategias y acciones para que la cultura sea un motor del desarrollo sostenible, y también define cómo trabajarán juntas las distintas dependencias del gobierno. Este programa dura seis años, pero después de los primeros tres se puede revisar, actualizar o cambiar, siempre siguiendo las reglas que ponga el Instituto.
- Art. 38El artículo 38 dice que el plan de cultura para la Ciudad de México debe seguir las reglas y el formato que fije el Instituto. O sea, las autoridades de la ciudad, al hacer su plan de cultura, tienen que respetar las indicaciones que les den sobre cómo armarlo y qué debe incluir. No pueden hacerlo a su propio modo, sino siguiendo lo que ya está establecido. Esto es para que todos los planes culturales sean parejos y estén bien organizados.
- Art. 39El artículo 39 dice que cada alcaldía de la Ciudad de México debe incluir en su plan de gobierno acciones para fomentar el arte y la cultura en su zona. Para esto, tienen que crear un documento llamado "Programa de Fomento y Desarrollo Cultural de las Alcaldías". Ese programa debe seguir las reglas que indique el Instituto (que es la autoridad encargada del tema cultural). En pocas palabras, cada alcaldía tiene la obligación de hacer un plan con actividades culturales para su comunidad.
- Art. 40La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de estos temas) va a crear un plan permanente para cuidar y dar a conocer el patrimonio cultural de la Ciudad de México, como si fuera un derecho básico de todas las personas. Para hacerlo, tiene que seguir lo que dice la Constitución de la Ciudad, las leyes federales, los tratados internacionales y su propia ley local sobre el patrimonio cultural y natural.
- Art. 41La Secretaría tiene la obligación de hacer que cualquier persona pueda conocer la información sobre el patrimonio cultural de la Ciudad de México, y también promover su historia y sus valores. Esto lo debe hacer siguiendo las reglas de una ley especial llamada Ley del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural. En otras palabras, el gobierno debe asegurarse de que la información sobre lo que nos identifica como ciudad (como monumentos, tradiciones y sitios históricos) esté al alcance de todos.
- Art. 42La Secretaría tiene la tarea de apoyar que los ciudadanos escriban crónicas (relatos sobre lo que pasa en la ciudad) y que se preserve la memoria contada y escrita de la gente. Todo esto lo va a hacer a través de una comisión especial llamada Comisión de la Memoria Histórica de la Ciudad. Las reglas para hacerlo están en otra ley que habla sobre el patrimonio cultural, natural y biocultural de la Ciudad de México.
- Art. 43El gobierno de la Ciudad de México da apoyos y estímulos para cuidar y dar a conocer el patrimonio cultural, como monumentos, tradiciones y obras de arte. Para recibirlos, debes cumplir con requisitos claros y competir de manera justa con otras personas o proyectos. Estos beneficios solo se otorgan si hay dinero disponible en el presupuesto. No es un favor, sino un proceso objetivo donde todos tienen las mismas oportunidades.
- Art. 44El artículo 44 dice que las declaratorias (que son como un aviso oficial que protege algo importante) se hacen para cuidar bienes, tradiciones o valores que forman parte del Patrimonio Cultural de la Ciudad de México, ya sea algo que se pueda tocar (como un edificio) o que no (como una danza o una receta). Todo esto se hace siguiendo lo que marca la Ley del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad. Además, la Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) es la que prepara los proyectos de estas declaratorias y los presenta al Jefe de Gobierno para que los apruebe.
- Art. 45Cualquier persona, grupo u organización puede sugerirle a la Secretaría algún bien cultural, ya sea material (como un edificio o un monumento) o inmaterial (como una tradición o una danza), para que lo protejan oficialmente. Esto se hace siguiendo las reglas que marca la Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México. Básicamente, si conoces algo que valga la pena conservar, tienes derecho a proponerlo. La Secretaría es la encargada de revisar tu sugerencia y decidir si le da esa protección especial.
- Art. 46La Secretaría puede iniciar el proceso para declarar algo como Patrimonio Cultural sin que nadie se lo pida, por su propia cuenta. Esto significa que ella sola decide cuándo vale la pena proteger un bien cultural, sin esperar a que un ciudadano o grupo lo solicite. Así, el gobierno puede actuar rápido para cuidar lugares, tradiciones u objetos importantes.
- Art. 47Cuando quieran declarar algo como Patrimonio Cultural en la Ciudad de México, los documentos del proyecto deben incluir un plan de manejo o de salvaguardia. La Secretaría se encargará de darle seguimiento a ese plan, en coordinación con otras autoridades que también tengan que ver con el tema. Ese plan tiene que tener por lo menos estos puntos: una explicación de por qué se declara y una descripción del bien; los objetivos que se buscan; una estrategia general que diga cómo se va a cuidar, mantener, proteger y dar a conocer ese bien, además de cómo la gente puede participar; las acciones a corto, mediano y largo plazo; y finalmente, las obligaciones de las dependencias del gobierno de la Ciudad de México para poner en marcha, dar seguimiento y pagar todo lo necesario.
- Art. 48Si alguien no cumple con lo que dice el plan de manejo o salvaguardia de un sitio o actividad, puede perder la declaratoria especial que tenía, como un permiso o reconocimiento oficial. Básicamente, si no respetas las reglas establecidas, te quitan ese estatus.