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Artículo 7 de la LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema está formado por un grupo de personas y organizaciones. Entre ellos están el Consejo, los jefes de las Alcaldías y representantes de comisiones relacionadas con la cultura. También participan los encargados de fideicomisos (fondos de dinero para proyectos culturales) y representantes de asociaciones civiles o grupos independientes que promuevan la cultura en la Ciudad. Por último, se invita a personas de escuelas y universidades, tanto públicas como privadas, que trabajen en fomentar la cultura.

Texto oficial

Artículo 7. El Sistema estará conformado por: I. El Consejo; II. Las personas titulares de las Alcaldías; III. Representantes de Comisiones y Consejos vinculados al sector cultural; IV. Titulares de Fideicomisos vinculados al sector cultural; V. Representantes de asociaciones civiles y agrupaciones independientes cuya actividad se relaciona con la promoción cultural en la Ciudad, y VI. Personas Invitadas de las instituciones educativas, públicas y privadas que por la naturaleza de sus actividades se relacionen con las tareas de fomento y desarrollo cultural en la Ciudad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.