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Ley
LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
6

Artículo 6 de la LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 6 dice que el Sistema de Fomento y Desarrollo Cultural es un conjunto de reglas, formas de trabajar y programas que el Gobierno de la Ciudad acuerda con grupos sociales y empresas privadas. Sirve para que todos trabajen juntos y organizados, con el objetivo de promover y apoyar la cultura en la Ciudad. En palabras más simples, es como un plan en equipo entre el gobierno y la gente para que haya más actividades culturales.

Texto oficial

Artículo 6. El Sistema de Fomento y Desarrollo Cultural, es un conjunto orgánico y articulado de estructuras, mecanismos de colaboración, métodos, procedimientos y programas que establece y concierta el Gobierno de la Ciudad con las organizaciones de los diversos grupos sociales y privados, a fin de coordinar las acciones de fomento y propiciar el desarrollo cultural en la Ciudad.

Ver texto oficial de la LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 6) ↗

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