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Artículo 15 de la LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo nombra a los responsables de hacer que esta ley se cumpla en la Ciudad de México. Básicamente, dice que la Jefa de Gobierno, la Secretaría de Cultura, la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y todas las Alcaldías tienen la obligación de aplicar las reglas. Son como los "jefes" encargados de que todo funcione según lo que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 15. Son autoridades encargadas de la aplicación de la presente Ley las siguientes: I. La Jefatura de Gobierno; II. La Secretaría de Cultura; III. Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, y IV. Las Alcaldías;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.