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Artículo 14 de la LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría será la encargada de organizar pláticas, mesas de diálogo y programas junto con empresas y organizaciones tanto de México como del extranjero. El chiste es buscar nuevas formas de apoyar la cultura en la Ciudad, pero siempre cuidando que haya igualdad entre mujeres y hombres y que no se discrimine a nadie. Básicamente, quieren que todos los eventos y estrategias culturales sean inclusivos y justos para todas las personas.

Texto oficial

Artículo 14. La Secretaría promoverá discusiones, foros de análisis, programas y estrategias con organismos públicos y privados, nacionales e internacionales encaminados a encontrar nuevas vías y alternativas para estimular la actividad cultural en la Ciudad, para la igualdad de género y no discriminación. TÍTULO TERCERO DE LAS AUTORIDADES CAPÍTULO ÚNICO DE LAS AUTORIDADES ENCARGADAS DE LA APLICACIÓN DE ESTA LEY

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.