Artículo 40 de la LEY DE FOMENTO CULTURAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de estos temas) va a crear un plan permanente para cuidar y dar a conocer el patrimonio cultural de la Ciudad de México, como si fuera un derecho básico de todas las personas. Para hacerlo, tiene que seguir lo que dice la Constitución de la Ciudad, las leyes federales, los tratados internacionales y su propia ley local sobre el patrimonio cultural y natural.
Texto oficial
Artículo 40. La Secretaría construirá una política permanente de conservación y difusión del patrimonio cultural de la Ciudad, en tanto derecho humano y cultural, con base en la Constitución Política de la Ciudad de México, las leyes federales de la materia, el derecho internacional y de acuerdo a las atribuciones y obligaciones que le confiere la Ley del Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.