Artículo 109 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Seguridad Ciudadana va a tener su propia unidad de asuntos internos. Su chamba es estar al pendiente de lo que hace la policía, para checar que cumplan con sus obligaciones y, al mismo tiempo, que les respeten sus derechos humanos. Habrá también un grupo de ciudadanos, académicos y expertos que va a revisar cómo trabaja esa unidad de asuntos internos. Esto solo pasa cuando hay casos muy sonados en la opinión pública o cuando la Jefatura de Gobierno o la Secretaría lo piden. Los resultados de lo que investiguen se los entregan directo al Jefe de Gobierno y al Secretario de Seguridad.
Texto oficial
Artículo 109. La Secretaría contará con una Unidad de Asuntos Internos encargada de la supervisión de la actuación policial con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones de los integrantes de la Policía de la Ciudad de México, con pleno respeto a sus derechos humanos. Habrá un Consejo Asesor Externo de carácter ciudadano encargado de revisar la actuación de la Unidad de Asuntos Internos en casos de actuación policial de alto impacto en la opinión pública o de aquellos en que así lo determinen las personas titulares de la Jefatura de Gobierno o de la Secretaría. Se integrará por Consejeros Ciudadanos del Consejo Ciudadano para la Seguridad Ciudadana y Procuración de Justicia, así como por académicos y expertos de la sociedad civil, conforme lo disponga la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana. Los resultados de sus investigaciones serán entregados a las personas titulares de la Jefatura de Gobierno y de la Secretaría. Capítulo VII Condecoraciones, Estímulos y Recompensas
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.