Artículo 11 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades tienen la obligación de tomar medidas para evitar que los delitos ocurran y para reducir el daño que causan. También deben ayudar a las víctimas y a los responsables a reintegrarse a la sociedad, y deshacer el dinero y propiedades que los criminales hayan obtenido ilegalmente. Si los bienes asegurados a los delincuentes quedan abandonados, esos recursos deben usarse para ayudar a la comunidad. Además, tienen que proteger y devolver lo que sea de las víctimas para que no pierdan su patrimonio.
Texto oficial
Artículo 11. Las autoridades adoptarán medidas administrativas, presupuestales a fin de prevenir los riesgos que originan los delitos, mitigar sus consecuencias, rehabilitar a las víctimas, victimarios y aquellas personas que hubieren sido afectadas; desmantelar la estructura patrimonial de la delincuencia a fin de garantizar la reutilización social de los bienes asegurados que causen abandono en los términos de las disposiciones aplicables y de aquellos cuya extinción de dominio se declare en sentencia firme, así como la salvaguarda y restitución del patrimonio de las víctimas. Título Segundo Sistema de Seguridad Ciudadana
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.