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Ley
LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
132

Artículo 132 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia va a publicar tres cosas importantes para que tú puedas consultarlas. Primero, un reporte de seguridad con números y datos sobre delitos. Segundo, un sistema donde puedes saber quiénes están presos o detenidos por el gobierno. Tercero, un sistema para seguir el camino de los juicios penales, desde que empiezan hasta que terminan. Todo esto lo ponen a tu alcance para que estés informado.

Texto oficial

Artículo 132. La Agencia pondrá a disposición de la ciudadanía los siguientes productos derivados de la información contenida en la Plataforma: I. Reporte estadístico de seguridad; II. Sistema de Personas en Custodia del Estado; y III. Sistema de Trazabilidad de Procesos Penales.

Ver texto oficial de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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