- Ley
- LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 141
Artículo 141 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no cumples con las reglas de portar o tener un arma, se considerará que la traes de manera ilegal. Eso significa que te pueden castigar según lo que digan otras leyes. Básicamente, si no sigues los pasos correctos, te meterás en problemas legales.
Texto oficial
Artículo 141. El incumplimiento de las presentes disposiciones dará lugar a que la portación o posesión de armas se considere ilegal y sea sancionada en los términos de las normas aplicables. Capítulo VI Registro de Información Criminal de la Ciudad
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.